El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Este decreto modifica el Estatuto de los Trabajadores para incluir el nuevo permiso retribuido de hasta cuatro días en caso de catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos. El nuevo permiso se conoce como «permiso climático”. Durante este tiempo, los trabajadores recibirán su salario completo.

Si es necesario extender este permiso, las empresas pueden solicitar un ERTE de fuerza mayor o prorrogar el permiso hasta que desaparezcan las circunstancias, con apoyo económico del Gobierno. Además, las empresas deben incluir protocolos de actuación frente a catástrofes en sus convenios colectivos.

Las cuatro claves principales del nuevo “permiso climático” son:

  1. Duración: El permiso es de 4 días hábiles.
  2. Aplicación: Se aplica a trabajadores que se vean afectados por daños climáticos graves.
  3. Condiciones: Para acceder al permiso, el trabajador debe presentar una justificación documental del daño sufrido.
  4. Reembolso: El permiso es con reembolso de la Seguridad Social.