A partir del 1 de enero de 2023 entrará en vigor un nuevo sistema de cotización de los autónomos que se aplicará de forma progresiva, durante 3 años, basado en tramos de cotización y cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo; es decir, los autónomos empezarán a cotizar por sus ingresos reales.

  • Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 euros a los 500 euros al mes en el año 2023, mientras que en el año 2025, irán desde los 200 euros a los 590 euros al mes, siempre en función de los rendimientos netos.
  • Cambios de tramo. Los autónomos podrán cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos, es decir, ingresos menos gastos.
  • Cálculo de rendimientos. Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos que se produzcan y sean necesarios para la actividad. Sobre la cantidad resultante se aplicará, adicionalmente, una deducción de gastos genéricos del 7%. Es decir, sí o sí, todos los autónomos podrán deducirse un 7% extra de los rendimientos netos que hayan obtenido.
  • Acción protectora. La reforma incluye una mejora en la protección de los autónomos en relación con el cese de actividad, creándose la opción de cese de actividad parcial.
  • Bajos ingresos. Los autónomos con ingresos más bajos (por debajo del salario mínimo interprofesional) tendrán una reducción en su cuota de más del 30%. Es decir, pagarán cuotas entre 200 y 260 euros al mes.
  • Cuotas bonificadas. Se fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos de 80 euros al mes, durante doce meses, prorrogable otros doce meses más cuando los ingresos sigan siendo bajos.