A partir del 28 de octubre de 2022 tendrá entrada en vigor la nueva Ley 7/2022, de 24 de octubre, por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, para incrementar la bonificación aplicable a los parientes colaterales de segundo o tercer grado por consanguineidad en el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

Mediante dicha Ley se incrementan las bonificaciones autonómicas existentes en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, para las adquisiciones mortis causa (herencias) y las adquisiciones inter vivos (donaciones) realizadas por hermanos (colaterales de segundo grado), tíos y sobrinos (colaterales de tercer grado), en estos casos podrán disfrutar de una bonificación del 25% de la cuota íntegra del impuesto.

Antes las mismas adquisiciones realizadas por colaterales de segundo grado, eran bonificadas con un 15%, y las realizadas por parientes de tercer grado tenían una bonificación del 10%.

La nueva bonificación entra en vigor a partir del 28 de octubre de 2022.