La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en Pleno se ha pronunciado en la Sentencia 472/2020, de 17 de septiembre de 2020, en consonancia la anterior Sentencia 419/2017.

La banca abonará todas las costas de aquellos procedimientos sobre cláusulas abusivas donde el consumidor vea estimada su pretensión al cien por cien. Lo contrario tendría un efecto disuasorio en los consumidores.

Las consideraciones que la sala del Tribunal Supremo tiene en cuenta para la imposición de costas al banco son, entre otras, que si el consumidor tuviese que soportar todos los gastos derivados de su defensa y representación pese a vencer en el litigio, se produciría un efecto disuasorio y los consumidores no promoverían litigios por cantidades moderadas.

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