El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la prórroga de las ayudas a los trabajadores autónomos hasta el 31 de enero de 2021. Este acuerdo incluye como novedad una nueva prestación extraordinaria por suspensión de la actividad, además de la prórroga hasta el 31 de enero de 2021 de la prestación por cese de actividad que ya se venía conociendo desde el inicio de la pandemia. La nueva prestación extraordinaria por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia del Covid-19.
Los requisitos esenciales para poder acceder a la prestación son estar afiliado y en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Autónomos (RETA), al menos 30 días naturales antes de la fecha de resolución. Además, se exige estar al corriente de pago de las cuotas. La cuantía de la prestación será del 50% de la base mínima de cotización, pudiéndose incrementar en un 20% si el trabajador autónomo es miembro de familia numerosa. El autónomo también quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, pero ese periodo sí contará como periodo cotizado.
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