La Fiscalía se ha pronunciado la Instrucción 1/2020, de 15 de septiembre, para actuar con mayor celeridad en los casos de okupación en nuestro país. Consideran que hay que actuar con mayor urgencia en los casos de ocupación de los inmuebles y afrontar esta realidad social que está generando inseguridad en la ciudadanía. En esta instrucción recoge que en los casos de ocupación de primeras y segundas residencias, los tribunales deberán asimilar el suceso al de allanamiento de morada, pudiendo el Juez expulsar a los intrusos en un plazo de 72 horas (desalojo exprés).

La instrucción tiene por objeto que los fiscales «refuercen su intervención en defensa de los derechos de las víctimas y los/las perjudicados/as por estos delitos, recurriendo con la mayor inmediatez a las herramientas legales disponibles en nuestro ordenamiento jurídico, capaces de restablecer el legítimo derecho del/de la denunciante y evitar la persistencia en el tiempo de la conducta delictiva en tanto se tramita el correspondiente procedimiento».